Cosméticos naturales: productos sin una definición clara

La demanda de cosméticos naturales sigue creciendo. Un artículo de Bloomberg News proyectó que el mercado de cosméticos naturales crecerá más del 5% anual y tendrá un valor de $ 48.04 mil millones para 2025.

El artículo señaló que la alta demanda de productos naturales entre los millennials está «impulsando el crecimiento», lo que significa que es probable que la tendencia continúe y se encuentren más tiendas de cosmética natural.

A pesar de la creciente participación de mercado, las agencias federales que regulan la venta y publicidad de cosméticos aún no han definido formalmente el término «natural» aplicado a los cosméticos.

Problemas con la falta de orientación regulatoria

La falta de una definición reglamentaria clara de «cosmética natural» crea desafíos tanto para los fabricantes como para los consumidores y la incertidumbre ha llevado a litigios.

Por ejemplo, un tribunal otorgó recientemente la aprobación final de un acuerdo en una demanda colectiva contra una empresa de cosméticos, Tarte, Inc. La demanda alega que Tarte engañó a los consumidores a través de sus campañas publicitarias y de marketing supuestamente engañosas para que creyeran en su línea de cosméticos de «productos naturales de alto rendimiento» los productos eran naturales, a pesar de contener ingredientes sintéticos.

En particular, la denuncia no alegaba que los productos se anunciaran como «totalmente naturales» o «100% naturales» y admitía que los ingredientes supuestamente sintéticos contenidos en los productos estaban incluidos en la etiqueta.

Alegó que el demandante demostraría mediante «encuestas y otras investigaciones de mercado, incluido el testimonio de expertos», que el término «natural» significa que los productos no contienen ningún ingrediente sintético y que los consumidores carecen de la capacidad de determinar la verdadera naturaleza de los ingredientes simplemente leyendo la etiqueta de los ingredientes.

El acuerdo eliminó la incertidumbre, la carga y el costo de un litigio adicional. La incertidumbre que enfrentan muchos fabricantes de productos cosméticos se debe en gran parte a la falta de orientación disponible.

En Estados Unidos, en noviembre de 2019 se presento una propuesta de ley que podría cambiar el panorama legal para los futuros litigantes y fabricantes de cosméticos naturales.

La «Ley de Cosméticos Naturales» podría proporcionar una orientación muy necesaria

El nuevo proyecto de ley, la «Ley de Cosméticos Naturales», busca enmendar la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos para definir los términos «natural» e «ingrediente de origen natural» en lo que respecta a los cosméticos.

El proyecto de ley define el término «natural» como «cualquier sustancia química que se produzca naturalmente y que no esté (i) procesada; (ii) procesado únicamente por medios manuales, mecánicos, de origen natural, solventes o gravitacionales, por disolución en agua o vapor, por flotación o por calentamiento únicamente para eliminar el agua; o (iii) extraído del aire por cualquier medio”.

El término natural no incluye el petróleo ni los ingredientes derivados del petróleo. El término «ingrediente de origen natural» se define como:

  1. Cualquier sustancia cuyo material de partida sea de origen mineral, vegetal, microbio o animal pero que haya sido procesado químicamente;

 

  1. Cualquier sustancia cuyo material de partida sea de origen mineral, vegetal, microbio o animal pero que haya sido procesada químicamente y combinada con otros ingredientes, excluidos los ingredientes derivados del petróleo y los combustibles fósiles; o

 

  1. Un ingrediente que se deriva de una materia prima vegetal y se fabrica biológicamente mediante procesos como fermentación, saponificación, condensación o esterificación para mejorar el rendimiento o hacer que el ingrediente sea biodegradable o sostenible.

La legislación establece que cualquier producto cosmético que incluya el término “natural” en su empaque o etiquetado está mal etiquetado a menos que el cosmético contenga: al menos un 70% de sustancias naturales (excluyendo agua y sal); sin ingredientes de fragancias que no sean sustancias naturales o ingredientes de origen natural; y además de sustancias naturales y agua, contiene solo ingredientes de origen natural, excepto en la medida en que un ingrediente de origen natural «no esté disponible para una función específica» o «no sea factible de otra manera».

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